El reglamento constituye un paso esencial en la consecución de un marco
regulatorio predecible para las interacciones electrónicas transfronterizas
entre empresas, ciudadanos y administraciones públicas.
El reglamento fue
publicado el 28 de agosto, y entrará en vigor el 17 de septiembre de 2014.
Por una parte, el reglamento establece las condiciones para el reconocimiento
mutuo de identidades electrónicas entre países de la UE, asegurando que
ciudadanos y empresas puedan utilizar sus credenciales de identidad electrónica
para acceder a servicios públicos, y eventualmente privados, en otros países
europeos.
Por otra parte, avanza hacia la eliminación de las barreras que impiden
disponer de un mercado único en los servicios electrónicos de confianza,
asegurando que tienen el mismo valor legal que sus equivalentes en papel. Para
ello define reglas para dichos servicios, creando un nuevo marco legal para la
firma electrónica, los sellos electrónicos, los sellos de tiempo, los documentos
electrónicos, los servicios de entrega electrónica certificada, y los servicios
de autenticación de sitios web.
El reglamento contempla la elaboración de un conjunto de actos de
implementación que lo desarrollan, lo que supone una aplicación gradual, que
comienza en el segundo semestre de 2016 con el nuevo régimen para los servicios
de confianza, y culmina con el reconocimiento mutuo de identidades electrónicas
transfronterizas en el segundo semestre de 2018.
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