viernes, 16 de agosto de 2013

La Comisión autoriza la creación de una empresa de comercio electrónico en participación entre Telefónica, CaixaBank y Banco Santander

La Comisión Europea ha autorizado, en virtud del Reglamento de la UE sobre concentraciones, la creación de una empresa en participación entre Telefónica, operador español de telecomunicaciones, y dos bancos españoles, CaixaBank, controlado por La Caixa–Caja de Ahorros, y Banco Santander. La empresa en participación desarrollará una comunidad virtual para comerciantes y consumidores en España a través de la cual prestará a sus miembros servicios tales como publicidad digital y servicios de análisis de datos para los comerciantes, así como servicios de monedero digital, con función de pago persona a persona, para los consumidores.
La Comisión evaluó el impacto de la operación en el sector naciente del comercio móvil en España y en particular sus posibles efectos en el mercado de monederos digitales, en el que la empresa en participación desarrollará su actividad y en el que una de sus matrices, CaixaBank, tiene también una pequeña presencia. El monedero digital que ofrece la empresa en participación permitirá a los usuarios cargar los detalles de sus tarjetas de pago en el monedero digital y utilizar la información cargada para efectuar pagos seguros en línea a comerciantes de la comunidad virtual a través de conexiones de Internet fijas y móviles. La investigación de mercado reveló que ya existen varios proveedores de monederos digitales competidores o que es muy probable que aparezcan en España en un futuro próximo, lo que garantiza un entorno competitivo adecuado.

También hay un solapamiento limitado entre Telefónica y la empresa en participación en la prestación de servicios de publicidad digital, tales como servicios de vales y de fidelidad en línea y móviles. La Comisión constató que las partes seguirán teniendo que hacer frente a la competencia de una serie de empresas de nivel mundial bien asentadas como Google y Yahoo!.

La Comisión evaluó también el impacto de la operación derivado de la relación entre el mercado de prestación de servicios de monedero digital, incluida la función de pago persona a persona, en el que desarrolla su actividad la empresa en participación, y el mercado de emisión de tarjetas de pago, en el que son activas CaixaBank y Banco Santander. A través de esta función, los consumidores que utilicen el monedero digital podrán efectuar pagos (en principio de pequeñas cantidades) entre ellos.

En el caso de los servicios de pago persona a persona, los servicios de monedero digital de la empresa en participación incluirá una tarjeta prepagada para pagos virtuales emitida por una entidad financiera. La Comisión constató que existen suficientes emisores alternativos de tarjetas de pago con credibilidad en España, lo que permite a los proveedores de monederos digitales de la competencia seguir ofreciendo servicios de pago persona a persona de forma independiente o asociándose a entidades financieras. La Comisión también tuvo presente que la empresa en participación entregaría a los usuarios de sus servicios de monedero digital una tarjeta de pago adicional, lo que no tendrá consecuencias negativas sobre la actual relación de sus clientes con otros emisores de tarjetas.

Además, los usuarios deberán cargar los datos de su tarjeta de pago en el monedero virtual para usarlo en los pagos en línea y móviles a los comerciantes de la comunidad virtual. En consecuencia, existe una relación complementaria entre la emisión de tarjetas de pago y la prestación de servicios de monedero digital. La Comisión comprobó que CaixaBank y Banco Santander no pueden perjudicar a los proveedores de monederos digitales de la competencia limitando el uso de sus tarjetas de pago en los monederos digitales ofrecidos por los competidores de la empresa en participación debido a la presencia de suficientes emisores alternativos, creíbles, de tarjetas de pago que pueden usarse en los monederos digitales de la competencia. Además, la posibilidad de utilizar tarjetas de pago emitidas por otras entidades financieras hará también que los servicios de monedero digital sean más atractivo para comerciantes y consumidores. Otros proveedores de monederos digitales en España permiten usar tarjetas de pago emitidas por entidades financieras competidoras.
Por último, para acceder al monedero digital de la empresa en participación, los usuarios deberán conectarse a través de una conexión a Internet móvil o fija. La Comisión ha constatado que Telefónica no dispone de capacidad técnica para bloquear el acceso de los monederos digitales de la competencia en sus redes de banda ancha móviles y fijas. Por consiguiente, la Comisión ha llegado a la conclusión de que la operación no plantea problemas de competencia. La operación se notificó a la Comisión el 11 de julio de 2013.
Normas y procedimiento de control de las concentraciones
La Comisión tiene la obligación de evaluar las concentraciones y las adquisiciones en las que participen empresas con un volumen de negocios que supere ciertos umbrales (véase el artículo 1 del Reglamento sobre concentraciones) e impedir concentraciones que obstaculicen de forma significativa la competencia efectiva en el EEE o en una parte importante del mismo.
La gran mayoría de las concentraciones notificadas no plantea problemas de competencia y se autoriza tras un examen de rutina. Desde el momento en que se notifica la operación, la Comisión dispone en general de un total de 25 días laborables para decidir si la aprueba (Fase I) o inicia una investigación pormenorizada (Fase II).
Fuente: CE. Servicio de Prensa
CE. Competencia

2 comentarios:

  1. Manganeuse sintonizado sin parar la moda gracias a nuestros paquetes ofrecen crédito entre los individuos día y la noche disponible a una tasa de interés del dos por ciento de los 191 euros solamente en contacto con el Sr. DUROU mail: duroumarcel@gmail.com para beneficiar

    ResponderEliminar
  2. ctrónico. Pero ¿qué deben saber las firmas que se lanzan al ecommerce?
    “Existen dos ideas fundamentales sobre las que las compañías deberían de trabajar”, explica Alfredo Expósito, country manager de Hybris España. “La primera es que las empresas ven canales, pero los clientes ven marcas, no canales. Te pongo un ejemplo, mi hija quiere ver Peppa Pig, no ver la tele. A ella le da igual verlo en mi móvil, en mi iPad, que en la tele, pero quiere Peppa Pig”. Y lo que le https://vikingpressagency.com/etiquetas-en-youtube-que-son-y-como-utilizarlas/

    ResponderEliminar