jueves, 30 de junio de 2016

Artículo 50 del Tratado de Lisboa: la salida de un país



Cláusula de retirada

El artículo 50 del Tratado de la Unión Europea prevé un mecanismo para la retirada voluntaria y unilateral de un país de la Unión Europea (UE).
Un país de la UE que desee retirarse deberá notificar su intención al Consejo Europeo, que proporcionará las directrices para la celebración del acuerdo que establezca las disposiciones necesarias para la retirada.
El Consejo celebra dicho acuerdo, por mayoría cualificada, en nombre de la UE, previa aprobación del Parlamento Europeo.
Los Tratados dejan de aplicarse al país que realiza la solicitud, desde la entrada en vigor del acuerdo o, a más tardar, dos años después de la notificación de la retirada. El Consejo puede decidir prorrogar dicho período.
Cualquier país que se haya retirado de la UE podrá solicitar unirse de nuevo y deberá someterse nuevamente al procedimiento de adhesión.

lunes, 27 de junio de 2016

Declaración conjunta de Donald Tusk, Presidente del Consejo Europeo, Martin Schulz, Presidente del Parlamento Europeo, Mark Rutte, titular de la Presidencia rotatoria del Consejo de la UE, y Jean-Claude Juncker, Presidente de la Comisión Europea, sobre el resultado del referéndum en el Reino Unido

Declaración conjunta de Donald Tusk, Presidente del Consejo Europeo, Martin Schulz, Presidente del Parlamento Europeo, Mark Rutte, titular de la Presidencia rotatoria del Consejo de la UE, y Jean-Claude Juncker, Presidente de la Comisión Europea, sobre el resultado del referéndum en el Reino Unido.
El presidente Tusk, el Presidente Schulz y el Primer Ministro Rutte se han reunido esta mañana en Bruselas (viernes 24 de junio) a invitación del Presidente de la Comisión Europea, Jean-Claude Juncker. Han debatido los resultados del referéndum del Reino Unido y formulado la siguiente declaración conjunta:
«En un proceso libre y democrático, el pueblo británico ha manifestado su deseo de abandonar la Unión Europea. Aunque lamentamos esta decisión, la respetamos. Se trata de una situación sin precedentes, pero estamos unidos en nuestra respuesta. Vamos a mantenernos firmes y defender los valores fundamentales de la UE de promover la paz y el bienestar de sus pueblos. La Unión de los 27 Estados miembros continuará. La Unión es el marco de nuestro futuro político común. Estamos vinculados por la historia, la geografía y unos intereses comunes y desarrollaremos nuestra cooperación sobre esta base. Abordaremos conjuntamente nuestro reto común de generar crecimiento, incrementar la prosperidad y garantizar un entorno seguro para nuestros ciudadanos. Las instituciones desempeñarán plenamente su papel en esta tarea.
Ahora esperamos que el Gobierno del Reino Unido dé efecto a esta decisión de los ciudadanos británicos lo antes posible, por doloroso que este proceso pueda ser. Cualquier retraso prolongaría innecesariamente la incertidumbre. Tenemos normas para hacer frente a la situación de manera ordenada. El artículo 50 del Tratado de la Unión Europea establece el procedimiento que debe seguirse si un Estado miembro decide abandonar la Unión Europea. Estamos dispuestos a iniciar negociaciones lo antes posible con el Reino Unido en lo que se refiere a los términos y condiciones de su retirada de la Unión Europea. Hasta que finalice este proceso de negociaciones, el Reino Unido sigue siendo miembro de la UE, con todos los derechos y obligaciones que se derivan de ello. De conformidad con los Tratados que el Reino Unido ha ratificado, el Derecho de la UE sigue aplicándose plenamente al Reino Unido, y en su territorio, hasta que deje de ser miembro.
Según lo acordado, el «nuevo encaje del Reino Unido en la Unión Europea», adoptado en el Consejo Europeo de los días 18 y 19 de febrero de 2016, no surtirá efecto y deja de existir. No habrá ninguna renegociación.
Por lo que se refiere al Reino Unido, esperamos tenerlo como un socio cercano de la Unión Europea en el futuro. Esperamos que el Reino Unido formule sus propuestas a este respecto. Cualquier acuerdo que se celebre con el Reino Unido como país tercero tendrá que reflejar los intereses de ambas partes y ser equilibrado en cuanto a derechos y obligaciones.»

viernes, 24 de junio de 2016

jueves, 23 de junio de 2016

#EuropaEnDirecto de 21 de junio: el Plan de Inversiones para Europa o Plan Junker







En ‪#‎EuropaEnDirecto‬ del 21 de junio, el Plan de Inversiones para Europa‪#‎investEU‬, con Juergen Foecking, director adjunto de la Representación de la Comisión Europea en Madrid.
También conocido como ‪#‎PlanJunker‬, se centra en la eliminación de los obstáculos para la inversión, la visibilidad de los proyectos de inversiones, la asistencia técnica a los mismos y el uso inteligente de los recursos financieros

miércoles, 22 de junio de 2016

Manzanilla de Escombreras y el garbancillo de Tallante: dos especies únicas en España


La madre naturaleza debe estar contenta, al menos con la situación de dos plantas de Cartagena. Se trata de la manzanilla de Escombreras y el garbancillo de Tallante. Ambas están en peligro de extinción, pero aún hay esperanzas gracias a la Escuela de Agrónomos de la Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT), de la Comisión Europea de Medio Ambiente y de la OISEMA (Oficina de Impulso Socioeconómico de Medio Ambiente) de la consejería de Agricultura. 



martes, 21 de junio de 2016

El proyecto Life+ VENENO de la Universidad de Murcia se alza con uno de los cinco premios Best of the best otorgados por la Comisión Europea.

 Premio Best of the best para un proyecto Life + en el que colabora la UMU



El proyecto Life+ VENENO, en el que participa el Servicio de Toxicología y Veterinaria Forense de la Universidad de Murcia (UMU), se alza con uno de los cinco premios Best of the best otorgados por la Comisión Europea.

Este proyecto, al que concurrían los 27 mejores proyectos del programa Life+ de Naturaleza de 2015, tiene como objetivo la reducción del uso ilegal de veneno en España.
Desde 1995 la práctica de envenenamiento está considerada como un delito contra la fauna. Esta actividad supone una infracción administrativa tipificada en el Código Penal y que en la legislación autonómica todavía cuenta con un alto grado de impunidad.
“Reducir los casos de envenenamiento en el medio natural supone un cambio radical de mentalidad, ya que la costumbre de usar veneno para matar a todo tipo de fauna (fundamentalmente la protegida) ha estado muy arraigada socialmente”, señala el director del Servicio de Toxicología y Veterinaria Forense de la UMU, Antonio Juan García, profesor de Toxicología de la institución docente.
Las acciones efectivas llevadas a cabo en el marco de este proyecto para solucionar el problema de envenenamiento de la fauna en España se han aglutinado en tres líneas fundamentales: la persecución del uso ilegal de cebos envenenados en el medio natural; la prevención y disuasión de este delito; y la información y mejora del conocimiento sobre la materia.