LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN POST-2020: BENEFICIOS MEDIOAMBIENTALES Y SIMPLIFICACIÓN
QUÉ APORTARÁ LA FUTURA PAC AL MEDIO AMBIENTE Y AL CLIMA: ELEMENTOS PRINCIPALES
1. Un enfoque específico y basado en las necesidades reales para alcanzar los objetivos medioambientales y climáticos a través de toda la política agraria común (PAC) en coherencia con otras políticas de la Unión Europea (UE).
• Tres de los nueve objetivos de la PAC van a abarcar el medio ambiente y el clima.
• Examen de necesidades, orientación y seguimiento de los resultados para cubrir los dos «pilares» de la PAC (pagos directos a los agricultores y ayuda al desarrollo rural) en un único plan por Estado miembro, a fin de lograr una mayor coherencia.
• Nuevo vínculo con la legislación de la UE en materia de medio ambiente y clima.
2. Mejora del sistema de condiciones («condicionalidad») que deben cumplir los agricultores
que reciben pagos de la PAC por superficie y animal.
• Los Estados miembros planificarán la puesta en práctica para que se ajuste a los objetivos generales de la PAC y al examen de las necesidades, con la aprobación formal por parte de la Comisión Europea.
• Un número reducido de nuevas normas, que fortalezcan las ya existentes.
3. Un conjunto complementario de herramientas (voluntarias) que se ofrecerán a los agricultores para contribuir a la consecución de los objetivos medioambientales y climáticos de la PAC.
• Una nueva fuente de financiación para el medio ambiente y el clima («eco-esquemas») con cargo al presupuesto de pagos directos de la PAC, obligatoria para los Estados miembros (pero concebida por ellos) y voluntaria para los agricultores.
• Se mantienen las ayudas de desarrollo rural de la PAC: prácticas de gestión, inversiones, transmisión de conocimientos, innovación y cooperación pertinentes para el medio ambiente y el clima. Y un amplio abanico de posibilidades de ayuda, con al menos el 30 % del presupuesto del FEADER centrado en actividades de mayor valor directo para el medio ambiente y el clima
1. Un enfoque específico y basado en las necesidades reales para alcanzar los objetivos medioambientales y climáticos a través de toda la política agraria común (PAC) en coherencia con otras políticas de la Unión Europea (UE).
• Tres de los nueve objetivos de la PAC van a abarcar el medio ambiente y el clima.
• Examen de necesidades, orientación y seguimiento de los resultados para cubrir los dos «pilares» de la PAC (pagos directos a los agricultores y ayuda al desarrollo rural) en un único plan por Estado miembro, a fin de lograr una mayor coherencia.
• Nuevo vínculo con la legislación de la UE en materia de medio ambiente y clima.
2. Mejora del sistema de condiciones («condicionalidad») que deben cumplir los agricultores
que reciben pagos de la PAC por superficie y animal.
• Los Estados miembros planificarán la puesta en práctica para que se ajuste a los objetivos generales de la PAC y al examen de las necesidades, con la aprobación formal por parte de la Comisión Europea.
• Un número reducido de nuevas normas, que fortalezcan las ya existentes.
3. Un conjunto complementario de herramientas (voluntarias) que se ofrecerán a los agricultores para contribuir a la consecución de los objetivos medioambientales y climáticos de la PAC.
• Una nueva fuente de financiación para el medio ambiente y el clima («eco-esquemas») con cargo al presupuesto de pagos directos de la PAC, obligatoria para los Estados miembros (pero concebida por ellos) y voluntaria para los agricultores.
• Se mantienen las ayudas de desarrollo rural de la PAC: prácticas de gestión, inversiones, transmisión de conocimientos, innovación y cooperación pertinentes para el medio ambiente y el clima. Y un amplio abanico de posibilidades de ayuda, con al menos el 30 % del presupuesto del FEADER centrado en actividades de mayor valor directo para el medio ambiente y el clima
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